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Sábado, 25 de abril
Generales

Procesaron a expresidentes de SanCor por retener aportes de empleados

La Justicia federal los acusó de apropiarse de más de $1.600 millones entre 2020 y 2024. Hubo embargos y rechazo a la probation.

El juez federal de Rafaela, Aurelio Cuello Murúa, procesó a dos exdirectivos de Sancor Cooperativas Unidas Limitadas por la apropiación indebida de aportes sociales retenidos a trabajadores de la firma. Según la causa, el monto evadido asciende a $1.644.440.882,68 y corresponde a los períodos comprendidos entre 2020 y 2024.

La resolución, dictada el 17 de diciembre, hizo lugar al pedido del fiscal federal Gustavo Onel y rechazó la suspensión del juicio a prueba solicitada por las defensas de los ex presidentes del Consejo de Administración José Pablo Gastaldi y Alberto Eduardo Sánchez. Además, el magistrado ordenó el embargo de bienes de ambos imputados hasta cubrir $90 millones cada uno.

La investigación se inició a fines de 2023 tras denuncias presentadas por trabajadores de la planta de Sunchales ante el Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe, quienes advirtieron que la empresa no había depositado los aportes jubilatorios ni los correspondientes a obras sociales. Por tratarse de un presunto delito tributario federal, la causa fue remitida al Juzgado Federal de Rafaela.

En paralelo, empleados de la planta ubicada en Don Torcuato, provincia de Buenos Aires, realizaron una denuncia similar ante la Justicia Federal de San Isidro, que se declaró incompetente y envió las actuaciones a Rafaela, donde se unificó la investigación.

De acuerdo con el expediente, el primer exdirectivo, al frente del Consejo de Administración entre febrero de 2020 y octubre de 2022, habría cometido 17 hechos de apropiación indebida de recursos de la seguridad social. A su sucesor, que ocupó el cargo entre noviembre de 2022 y febrero de 2024, se le atribuyeron otros 16 hechos, en infracción al artículo 7 del Régimen Penal Tributario.

El juez sostuvo que ambos conocían su rol como agentes de retención y percepción y que actuaron con voluntad de incumplir la obligación legal de depositar los aportes, con el objetivo de obtener una mejora patrimonial. Consideró probado, en esta etapa del proceso, el carácter intencional de las conductas.

El procesamiento fue dictado sin prisión preventiva, al no existir riesgos procesales. No obstante, los imputados deberán someterse al proceso, no entorpecer la investigación y comunicar cualquier cambio de domicilio mientras dure la causa.
 

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