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La Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó este jueves la nueva ley orgánica de Municipios, con una serie de modificaciones respecto del texto que ya había sido votado por unanimidad en el Senado. El texto se definió en la Cámara baja por 30 votos a favor del oficialismo y 17 en contra. Como se incorporaron cambios al texto con media sanción, fue girado a la Cámara alta donde se dio la sanción definitiva.

Desde el oficialismo destacaron que se trata de “la primera gran ley posterior a la reforma constitucional”, mientras que sectores de la oposición cuestionaron la falta de definiciones sobre financiamiento y coparticipación.

Entre las modificaciones más relevantes aparece la ampliación de las facultades de expropiación: ya no estarán limitadas a municipios de más de 10 mil habitantes, sino que podrán ejercerlas todas las ciudades que cuenten con Concejo Municipal, por razones de utilidad pública como obras, servicios o protección ambiental.

Otro punto central es la prohibición de la promulgación parcial de ordenanzas: aun cuando el intendente vete una norma en parte, no podrá promulgar fragmentos, sino que deberá completarse todo el trámite legislativo antes de su entrada en vigencia.

También se amplían los mecanismos de control de la administración local, habilitando esquemas compartidos no solo regionales sino también provinciales o nacionales, incluso con participación de universidades y entidades profesionales.

El nuevo marco además, establece mandatos de cuatro años con posibilidad de reelección, redefine la organización según la población y habilita esquemas de cooperación entre municipios.

Con su aprobación, la provincia avanza en un rediseño del sistema municipal, con eje en la autonomía y el fortalecimiento institucional.

Autor: admin